Por medio de la Resolución General ARCA 5851/2026 se establece un plazo excepcional para la presentación de las Declaraciones Juradas y el pago de los Impuestos a las Ganancias, Bienes Personales e Impuesto Cedular correspondientes al período fiscal 2025.

La medida alcanza tanto a personas humanas como a sucesiones indivisas, incluyendo a contribuyentes adheridos al Régimen de Declaración Jurada Simplificada.

De esta manera, las nuevas fechas son las siguientes:

  • Ganancias y Bienes Personales: presentación de la Declaración Jurada y pago del saldo resultante hasta el 27 de julio de 2026, inclusive.
  • Impuesto Cedular: presentación de la Declaración Jurada y el pago del saldo resultante hasta el 27 de julio de 2026, inclusive.
  • Declaraciones Juradas informativas relacionadas con el detalle de bienes al 31 de diciembre de 2025: podrán presentarse hasta el 31 de julio de 2026, inclusive.